Dentro de los diferentes aspectos que todo profesional de la Administración y Finanzas debe conocer, encontramos el impuesto de sociedades.

 

Qué es el impuesto de sociedades

Se trata de un impuesto sobre la renta obtenida por entidades jurídicas, sociedades, asociaciones y fundaciones que residen en territorio español.

El impuesto de sociedades gira en torno a la contabilidad y del resultado contable de la sociedad. Estos aspectos son los que determinan la base imponible y la cuantía a pagar cada año.

Es un impuesto que obliga a llevar una contabilidad mercantil y que afecta a los autónomos que hayan creado sociedades limitadas, sociedades unipersonales o sociedades civiles.

 

Qué tipos de tipos impositivos del Impuesto de Sociedades hay

Hay diferentes tipos impositivos del Impuesto de Sociedades, los principales son estos:

  • Tipo general 25%: vigente desde el 1 de enero de 2016, antes era del 30%.
  • Tipos reducidos del 15%: Es aplicable en el caso de los emprendedores (inicio de actividad económica) durante dos años desde el inicio de la constitución de la sociedad. Están excluidas las sociedades patrimoniales.
  • Tipo reducido del 20%: Es para las sociedades cooperativas que están fiscalmente protegidas, exceptuando los resultados extracooperativos, que tributan al 25%.
  • Tipo reducido del 10%: Afecta a asociaciones y fundaciones declaradas de utilidad pública. Tipo reducido del 25%: Este tipo reducido es aplicable a mutuas de seguros generales, mutuas de accidentes de trabajo, cajas rurales, colegios profesionales…
  • Tipo reducido del 1%: Este tipo impositivo requiere de contar con un mínimo de 100 accionistas en sociedades de inversión de capital variable, fondos de inversión de carácter financiero y sociedades de inversión inmobiliaria / fondos de inversión inmobiliaria.

 

Qué modelos hay que presentar en el impuesto de sociedades

Hay tres tipos de modelos que tienes que presentar con el impuesto de sociedades, son el modelo 200, el modelo 202 y el modelo 220:

  • Modelo 200: se trata de la declaración anual del impuesto de sociedades y es obligatoria en todas las casuísticas, con o sin rentas obtenidas durante el periodo. Debe presentarse antes del día 25 de julio de cada año.
  • Modelo 202: si al presentar el modelo 200 se obtiene un resultado positivo se presenta el modelo 202 que es de pagos fraccionados del impuesto de sociedades. Se presenta en octubre, diciembre y abril. Son un anticipo del importe a pagar en el modelo 200 que es anual. En los pagos fraccionados se paga el 18% del modelo 200.
  • Modelo 220: se aplica solo a los grupos de sociedades.

 

Hemos detallado algunos aspectos relacionados con el impuesto de sociedades. Si quieres saber más, formarte y ser un experto en todo lo relacionado con la gestión y administración contables, fiscales y financieros de la empresa, apúntate al título oficial de técnico superior en Administración y Finanzas de FP Jesuïtes en colaboración con la UOC.