Para formalizar la matrícula debes mandar la documentación debidamente compulsada hasta 15 días después de haber tramitado la matrícula. Si falta alguno de los siguientes documentos, la matrícula no quedará formalizada.
La documentación tiene que entregarse dentro de un sobre con la siguiente referencia escrita:
FP Virtual JE-UOC – Documentación acceso
Jesuïtes Educació
C/ Roger de Llúria, 13
08010, Barcelona
Acreditación de la vía de acceso
Requisitos de acceso y documentación de matriculación:
Acceso a los Ciclos Formativos de Grado Superior (CFGS)
Tienen acceso a los Ciclos Formativos de Grado Superior (CFGS) las personas que cumplan con alguno de los requisitos indicados a continuación:
Tener uno de los títulos siguientes:
- Título de bachillerato (LOGSE o LOE)
- Título de técnico/a especialista (FP2)
- Título de técnico/a superior de formación profesional (CFGS) Excepto el título de técnico/a deportivo superior (TDS) (1)
- Título de técnico/a de formación profesional (CFGM) Excepto el título de técnico/a deportivo (TD) (1)
- Título equivalente, a efectos académicos, a alguno de los anteriores (2)
- Título universitario o equivalente (3)
- Título de bachiller por haber cursado el bachillerato unificado polivalente (BUP)
Haber superado:
- El segundo curso de bachillerato experimental de cualquier modalidad
- El curso de orientación universitaria (COU)
- El curso preuniversitario (PREU)
- La prueba de acceso al ciclo formativo de grado superior que se quiere cursar (para presentarse a la prueba se requiere tener al menos 19 años en el año que se realiza) (4)
- La prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años
- La prueba de acceso a los Módulos Profesionales 3, de acuerdo con la relación del anexo 8 de la Resolución ENS/310/2002, del 31 de enero (DOGC núm. 3581, de 22.2.2002).
(1) Si se tiene un título de enseñanzas profesionales deportivas de régimen especial se requiere la superación de la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior de formación profesional.
(2) Homologación estudios extranjeros. Son equivalentes al título de bachillerato: Maestro/a de Enseñanza Primaria, Maestro/a Industrial, Graduado en Artes Aplicadas y Oficios Artísticos
(3) Los títulos deben ser oficiales y homologados con validez en todo el territorio del Estado español. Los títulos propios de una escuela, academia o universidad no son válidos (sólo son reconocidos por el centro que los imparte). Sólo son válidos los másteres universitarios que son condición indispensable para la obtención de un título universitario oficial (no los de formación complementaria).
(4) Están exentos de realizar las pruebas las personas que hayan superado las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 45 años y las que hayan accedido a la Universidad por haber acreditado experiencias laboral o profesional habiendo cumplido 40 años de edad.
Para más información puedes visitar la web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y del departamento de educación de la Generalitat de Cataluña.
Documentación que se debe presentar
Toda la documentación que se aporte debe ser una fotocopia debidamente compulsada.
Documentación de identidad
Se debe aportar una fotocopia compulsada del DNI o NIE. En el caso de extranjeros comunitarios, se debe enviar una fotocopia compulsada del pasaporte o del documento de identidad del país de origen.
Documentación acreditativa académica
Si el requisito es tener un título se debe acreditar con una fotocopia compulsada del título por las dos caras o del resguardo de solicitud y pago de las tasas de expedición del título, si no han pasado más de 2 años desde la expedición del resguardo.
Para que los títulos tengan validez deben tener la firma del estudiante. No se aceptará sólo el certificado de cualificaciones.
En el caso de aportar el título de bachillerato, es necesario aportar también el certificado de notas del segundo curso.
Si el requisito es haber superado unos estudios que no tienen título, se deberá aportar una fotocopia compulsada del certificado correspondiente según sea el caso:
- Certificado de superación del segundo curso del bachillerato de cualquier modalidad de bachillerato experimental expedido por el centro donde se cursó.
- COU: certificado académico oficial de superación del curso de orientación universitaria, expedido por el centro donde se realizó, o la fotocopia compulsada de la tarjeta de la prueba de acceso a la universidad (PAAU) donde conste la cualificación media del COU.
- PREU: certificado académico oficial de superación del curso preuniversitario, expedido por el centro donde se estudió.
- Prueba de acceso a los CFGS: se debe presentar el certificado de superación de la prueba, firmado y sellado por el centro donde se realizó, donde conste la família o el ciclo formativo que se quiere estudiar
- Prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años: se debe presentar el certificado de superación de la prueba. (5)
- Prueba de acceso a la universidad para mayores de 45 años: se debe presentar el certificado de superación de dicha prueba. (5)
- Acreditación de experiencia laboral o profesional teniendo cumplidos 40 años de edad: se debe presentar el certificado que acredite el acceso a la universidad por esta vía. (5)
- Homologación de estudios cursados en el extranjero: se deberá aportar la resolución favorable de la solicitud de homologación con unos estudios que permitan el acceso a los ciclos formativos de grado superior. Si se ha iniciado el trámite, se puede aportar el volante de inscripción condicional vigente que será válido únicamente durante un curso académico.
(5) No son válidos los certificados de la universidad que acreditan la superación de algunas asignaturas. Sólo son válidas las copias impresas de la consulta de los resultados a través de la web con código de validación electrónica.
Compulsa de fotocopias de documentos
La compulsa es la acreditación oficial donde se informa que la fotocopia de un documento coincide con el original, esto significa que con la compulsa se hace constar que la fotocopia del documento es idéntica al original y que no ha estado manipulada. Así pues, para que la compulsa sea correcta es necesario entregar personalmente el documento original y la fotocopia y que se realice la compulsa en todas las páginas que contengan datos.
Pueden compulsar las fotocopias de los documentos que se deben entregar a la Secretaria Académica todas las instituciones acreditadas para ello como el organismo emisor de la documentación, las notarías y otros organismos públicos (Ayuntamientos, Policía Local, Consejerías de Educación, etc. a sabiendas de que no todos compulsan para otras instituciones). Las sedes territoriales de la UOC no pueden compulsar fotocopias, pero sí pueden cotejar. Este cotejo es válido para presentar la documentación. Es necesario concertar cita previa.
¡Atención! No son válidos los documentos compulsados por una cara cuando hay texto en las dos. No son válidas las fotocopias de documentos compulsados, los documentos que se envíen deben ser copias con la compulsa original.