Antes de configurar una nómina hay varios aspectos que debemos tener en cuenta, como las bases de cotización. Todo profesional de la administración y las finanzas debe conocerlas y saber calcularlas. Veamos cómo.

 

Qué tipos de bases de cotización existen

En la nómina encontramos tres grupos diferentes: las bases de cotización por contingencias comunes, por contingencias profesionales y de recaudación conjunta y, por último, las sujetas a la retención del IRPF.

  • Bases de cotización por contingencias comunes (BCCC). Para calcular las bases de cotización por contingencias comunes debemos sumar el salario base más los complementos salariales sujetos a cotización y el prorrateo de las pagas extras. Pese a que las pagas extras se puedan cobrar según convenio, el prorrateo es necesario porque la Seguridad Social las cobra mensualmente.
  • Bases de cotización por contingencias profesionales y de recaudación conjunta. Es la base de cotización utilizada a fin de calcular los porcentajes del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), la base de accidentes laborales, desempleo y formación profesional. Para el cálculo de estas bases de cotización debemos sumar la base de cotización por contingencias comunes más el valor de las horas extras que ha hecho el trabajador.
  • Bases de cotización sujeta a la retención del IRPF. Es el resultado del total devengado menos dietas, planes de retribución flexible o indemnizaciones.

 

En resumen, las aportaciones a la Seguridad Social reflejadas en el apartado de deducciones de la nómina serán:

  • Contingencias Comunes: 4,70 % de las bases de cotización por contingencias comunes.
  • Desempleo: 1,55 % y 1,60 % de la base de contingencias profesionales, para contratos indefinidos y de duración determinada, respectivamente.
  • Formación: 0,10 % de la base de contingencias profesionales.
  • Horas extras normales: 4,70 % del pago recibido.
  • Horas extras de fuerza mayor: 2 % del pago recibido.

 

Una vez calculadas las bases de cotización del trabajador y aplicadas las deducciones al total reportado, el paso siguiente es añadir la cantidad del IRPF que corresponda.