Llevar una actividad económica empresarial comporta un conjunto de obligaciones fiscales. Si decides montar una empresa en lugar de trabajar por cuenta propia, lo primero que tendrás que decidir es qué tipo de entidad mercantil vas a formar. Ahora bien, tanto si te decantas por una sociedad anónima como si decides montar una sociedad limitada, las obligaciones fiscales son las mismas.
La contabilidad financiera es un aspecto fundamental para el buen funcionamiento de cualquier sociedad. En el artículo de hoy te explicamos los impuestos, los modelos y las declaraciones que debes conocer si quieres montar una empresa.
Quiero montar una empresa: ¿qué impuestos debo presentar?
Antes de empezar la actividad, deberás solicitar el número de identificación fiscal (NIF) mediante el modelo 036. Durante los primeros seis meses, tendrás que operar con un NIF provisional. Los impuestos que deberás presentar son los siguientes:
- El impuesto de actividades económicas. Se trata de un impuesto que grava el ejercicio de actividades económicas en territorio nacional. Las sociedades que tengan un importe neto de la cifra de negocio inferior a un millón de euros no están obligadas a presentar esta declaración.
- El impuesto de sociedades. Es un tributo que grava la renta de sociedades y entidades jurídicas residentes en todo el territorio español. El periodo impositivo coincide con el ejercicio económico que cada entidad debe determinar en sus propios estatutos. En todo caso, la fecha de cierre del ejercicio económico nunca excederá los doce meses. Debe presentarse el modelo 202 y realizar los pagos fraccionados correspondientes (abril, octubre y diciembre). Además, en los seis meses posteriores al cierre del ejercicio se presentará el modelo 200.
- El impuesto sobre el valor añadido (IVA). Están sujetas a la presentación del IVA las entregas de bienes y las prestaciones de servicios realizadas en el territorio de aplicación del impuesto. El periodo de liquidación es trimestral o mensual y el modelo que debe presentarse es el 303.
Los libros contables y otras obligaciones fiscales
Tanto las sociedades limitadas como las anónimas deberán llevar al día los libros contables. En el libro diario se anota día a día el importe de todas las operaciones realizadas en el desarrollo de la actividad empresarial. Al cierre de cada ejercicio se depositarán las cuentas anuales, que están formadas por:
- El balance
- La cuenta de pérdidas y ganancias
- Los estados de cambio en el patrimonio neto
- Los estados de flujo de efectivo
Por último, en los cuatro meses siguientes a la fecha del cierre, se tendrá que presentar la memoria en el Registro Mercantil del domicilio social.
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