El impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) es un impuesto personal que grava la renta obtenida por los residentes en España durante un año. Se trata de un impuesto de tipo progresivo, es decir, cuanto más dinero gana una persona, mayor es el porcentaje que tributa. A continuación, te explicamos qué debes tener en cuenta para calcular la retención del IRPF y cuáles son los diferentes tramos aplicados por Hacienda.  

¿Qué debes tener en cuenta para calcular la retención del IRPF?

El pago del IRPF se hace efectivo cada mes a través de las retenciones que se aplican en las nóminas de los trabajadores. Si a lo largo del año se te ha retenido una cantidad mayor de la que debes pagar, la declaración anual de la renta te saldrá a devolver. En cambio, si la cantidad retenida es menor, la declaración de la renta te saldrá a pagar. A la hora de calcular la retención del IRPF, se tienen en cuenta los siguientes aspectos: 

  • El sueldo bruto mensual. 
  • El tipo de contrato de trabajo. 
  • Las circunstancias personales y familiares. 
  • Otros ingresos y cotizaciones, como inversiones, alquileres de pisos, indemnizaciones de seguros, etc.  

Para conseguir que el IRPF sea progresivo, Hacienda divide los ingresos netos en tramos y asigna un porcentaje a pagar en cada uno de ellos. Estos son los tramos del IRPF que se aplican actualmente en nuestro país: 

  • De 0 a 12.450 euros: retención del 19 %. 
  • De 12.450 a 20.200 euros: retención del 24 %. 
  • De 20.200 euros a 35.200 euros: retención del 30 %. 
  • De 35.200 a 60.000 euros: retención del 37 %. 
  • Más de 60.000 euros: retención del 45 %. 

En el caso de los autónomos, el cálculo funciona de manera diferente: deberán aplicar un IRPF del 15% a los ingresos obtenidos o del 7% si se trata de los dos primeros años de actividadAdemás, hay una serie de gastos que los autónomos pueden deducir: materiales de trabajo, sueldos de empleados a su cargoalquileres adscritos a la actividad empresarial, etc. Por último, con vistas al próximo ejercicio, los autónomos deberán tener en cuenta las novedades en el IRPF que entraron en vigor a inicios de 2020.

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